Trámites y legislación
Conoce los trámites y legislación relativa a la tenencia de animales domésticos: no peligrosos y potencialmente peligrosos.
¿Tienes perro? Esto te interesa.
Ayúdanos a tener el censo actualizado. Cualquier anomalía en la dirección o si ya no eres propietario/a de una mascota, debes informar en el teléfono: 944660191 o por email a ingurugiroa@getxo.eus.
Recuerda: No tener actualizados los datos de tu mascota puede conllevar una multa de hasta 300€.
Perros NO peligrosos
- Identifica a tu mascota con un microchip y ten el Pasaporte-Cartilla Oficial Canina actualizada (hasta 300€ de sanción por no hacerlo).
- En las vías y espacios públicos, deberás pasearlo con una correa cuya longitud máxima será de 2 metros (sanción de hasta 1.502€).
- Es obligatorio que recojas los excrementos tanto si lo hace en la acera como en jardines. Deposítalos en papeleras y contenedores (sanción de hasta 900€).
- Los datos de tu mascota que figuran en el Registro municipal deben estar actualizado. Deberás comunicar cualquier variación de los mismos en un plazo máximo de 10 días (sanción de hasta 300€). En el teléfono: 944660191 o por email a ingurugiroa@getxo.eus.
- En caso de agresión a alguna persona, tu perro debe ser sometido a observación veterinaria en un plazo de 24 horas (sanción de hasta 300€).
Tenencia de animales Potencialmente Peligrosos
- Por su temperamento y fortaleza, con algunos perros hay que tener mucho cuidado. Si se posee o pasea un animal de estas razas, se debe solicitar en las oficinas de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Getxo, la correspondiente licencia de tenencia de animales peligrosos.
Razas puras peligrosas:
1. Pit Bull Terrier
2. Staffordshire Bull Terrier
3. American Staffordshire Terrier
4. Rottweiler
5. Dogo Argentino
6. Fila Brasileiro
7. Tosa Inu
8. Akita Inu
9. American Bully
10. Akita Americano
11.American Pitbull Terrier
12. Bandogg-American Bandogg Mastiff
A parte de estas razas puras, todas aquellas razas que contengan cruces de estas razas con otras razas peligrosas o con otras razas no consideradas peligrosas. También entran dentro de este grupo, los perros que aún no siendo de ninguna de estas razas:
1. Posean fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia, marcado carácter y gran valor, pelo corto, cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande, mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda, cuello ancho, musculoso y corto.
2. Carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales. - Identifica a tu mascota con un microchipe inscríbelo en el Registro (Hasta 2.404€ de sanción por no hacerlo).
- Primero: la previa obtención de una licencia administrativa que será otorgada por el Ayuntamiento de Getxo, para lo cual se precisará la acreditación documental de los requisitos recogidos en el Impreso de solicitud de licencia disponen de los documentos e impresos en esta página: trámite.
- Segundo: El propietario o la propietaria del perro solicitará la INSCRIPCIÓN del can en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos del municipio donde esté censado el perro, en el plazo de 15 días contados a partir de la obtención de la licencia; disponen de los documentos e impresos en esta página: trámite.
- Es obligatorio que recojas los excrementos tanto si lo hace en la acera como en jardines. Deposítalos en papeleras y contenedores (hasta 900€).
- Los datos de tu mascota que figuran en el Registro municipal deben estar actualizado. Deberás comunicar cualquier variación de los mismos en un plazo máximo de 10 días (hasta 300€).
- En caso de agresión a alguna persona, tu perro debe ser sometido a observación veterinaria en un plazo de 24 horas (hasta 300€).
Legislación
- Ordenanza Municipal reguladora de la Tenencia y Protección de Animales
- Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales
Ley 7/2023 de 28 de marzo B.O.E núm. 75 - Ley de protección de Animales
Ley 9/2022 de 30 de junio B.O.P.V. nº157 17/08/22 - Zonas de esparcimiento
- Tasa por la prestación de Servicios Sociales y Salud Pública
- Autorización, Registro y Control de Núcleos Zoológicos
Decreto 81/2006 del 11 de abril B.O.P.V. nº2006078 25/04/06 - Utilización de métodos electrónicos de identificación animal
Orden del 5 de mayo del 93 B.O.P.V. nº97 26/05/93 - Protección de Animales en el momento de su sacrificio o matanza
Decreto 454/1994 del 22 de noviembre B.O.P.V. nº55 20/03/95 - Régimenes Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
Ley 50/1999 del 23 de diciembre B.O.E. 307 24/12/99 - Desarrollo de la Ley 50/1999
Real Decreto 287/02 del 22 de marzo B.O.E. nº74 27/03/02 - Tenencia de animales de la especie canina de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Decreto 101/2004 del 1 de junio - Decreto 44/2020, de 24 de marzo, de modificación del Decreto sobre tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco
Decreto 44-2020 .pdf - Tenencia de animales potencialmente peligrosos
trámite
Área de Medio Ambiente
Calle Fueros, 8
48992 Getxo
Teléfono: 94 466 01 91
Email: ingurumena@getxo.eus
Horario de atención al público: de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00.